
El Gobierno de Pedro Sánchez tiene lista la reforma de la Ley de Memoria Histórica para declarar ilegales las asociaciones y fundaciones que realicen apología del franquismo y convertir en delito la defensa pública del régimen, lo que supondría modificar el artículo 510 del Código Penal. Una censura sin precedentes en cualquier país de Europa.

En una respuesta por escrito con fecha de 11 de octubre a una pregunta del senador de Compromís, Carles Mulet que ahora se ha filtrado a los medios, el Ejecutivo subraya que en la reforma de la ley "se incluirán las modificaciones legales oportunas, para que se declaren ilegales las Asociaciones y Fundaciones que realicen apología del franquismo, e igualmente se está estudiando la modificación del artículo 510 del Código Penal para incluir dicha apología como delito".
El artículo 510, en su actual redactado, establece penas de prisión para quienes fomenten o inciten al “odio, hostilidad, discriminación o violencia” por motivos de ideología, creencias, pertenencia a una etnia o raza, religión, identidad sexual, enfermedad sexual o discapacidad, entre otros supuestos.
Es ahí donde el Ejecutivo intenta encajar como delito, expresamente, la justificación o enaltecimiento del franquismo.
Mulet preguntaba concretamente al Gobierno sobre qué haría con las siguientes fundaciones: Fundación las Hijas de Millán Astray y Capitán Cortés, Fundación José Antonio Primo de Rivera, Fundación Yagüe, Fundación Pro-Infancia Queipo de Llano, Fundación Blas Piñar, Fundación Ramiro Ledesma Ramos, Fundación Nacional Francisco Franco y la Fundación Serrano Suñer.
Solo se podrá hablar bien del comunismo
De las fundaciones que hacen apología del comunismo (con más de 100 millones de muertos en su haber), la República, homenajean a La Pasionaria o al asesino de Paracuellos, ni palabra. Parece que la libertad de expresión, eso solo para unos.

Las penas pueden llegar hasta los cuatro años de prisión cuando “se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación” contra un grupo determinado, o cuando los hechos se lleven a cabo a través de medios de comunicación, Internet o cualquier otra plataforma que lo haga “accesible a un elevado número de personas”. Los condenados serán además inhabilitados, hasta catorce años, para profesiones educativas, deportivas o de tiempo libre y se obligará a la destrucción de libros, documentos o artículos a través de los cuales se hayan difundido los contenidos delictivos. En el caso de medios digitales, se ordenará el “bloqueo del acceso” a los mismos.
En su propuesta de Memoria Histórica -plasmada en una proposición de ley en el Congreso– los socialistas ya contemplaban la modificación del Código Penal para castigar, con hasta cuatro años de cárcel, a quienes “públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra las víctimas de la Guerra Civil Española y del franquismo por su condición como tales” o elaboren “escritos o cualquier otra clase de material o soportes” que sean “idóneos” para fomentar esas conductas.