¿Qué se puede hacer durante el Estado de alarma?

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado este domingo un nuevo estado de alarma, que estará en vigor este mismo domingo por la tarde. Las autoridades delegadas serán los presidentes de las comunidades autónomas, a quienes les servirá para restringir algunos derechos fundamentales, como la movilidad, sin necesidad de pasar por los tribunales, tal y como viene sucediendo desde el 22 de junio, cuando acabó el anterior período excepcional. Serán los Gobiernos autonómicos los que tengan que adoptar las medidas concretas, pero hay una común: un toque de queda nocturno, cuyo horario podrán modular las comunidades.

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El Gobierno de Pedro Sánchez declara el Estado de alarma hasta el mes de mayo

¿En qué consiste el toque de queda?

Es una limitación a todo movimiento nocturno, excepto para acciones justificadas como trabajar, comprar medicamentos o cuidar a personas dependientes. En principio, el Gobierno marca una duración de 23.00 a 6.00, pero las comunidades podrán moverlo una hora arriba o abajo. Es decir: puede empezar entre las 22.00 y las 0.00 y terminar entre las 5.00 y las 7.00. No aplicará en Canarias, la autonomía con menor incidencia del virus.

¿Habrá confinamientos perimetrales de comunidades o localidades?

Queda en manos de las comunidades autónomas decidirlo. Podrán acotar tanto todo el territorio autonómico como otros más pequeños dentro de sus límites.

¿Habrá límites a las reuniones sociales?

El estado de alarma permitirá limitar a seis personas las reuniones sociales, pero esto también tendrá que adoptarlo, en su caso, cada comunidad autónoma.

¿Cuánto durará el estado de alarma?

El Consejo de Ministros, tal y como establece la Constitución, lo ha aprobado por 15 días. Pero Sánchez ha anunciado que la intención del Gobierno es alargarlo hasta el 9 de mayo. Para ello necesita la aprobación del Congreso de los Diputados, donde la prórroga será votada la semana entrante. Es el tiempo, ha dicho, necesario “no solo para superar la primera ola”, sino para pasar la peor parte de la pandemia.

¿Qué diferencias hay con el estado de alarma de marzo?

En esa ocasión se estableció un confinamiento domiciliario, del que no se podía salir salvo para las excepciones autorizadas: trabajar, cuidar mayores, ir al médico... También se cerraba restauración y comercios. En esta ocasión, por el momento, no sucede nada de eso. Excepto en las horas del toque de queda, los ciudadanos pueden salir de sus casas e ir a tiendas y restaurantes, con las limitaciones que establezcan sus gobiernos autonómicos en cada territorio.

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Autor: Mediterráneo DigitalWebsite: https://www.mediterraneodigital.com/
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